Impuesto sobre sociedades. Tipo de gravamen reducido. Sabes cuándo se puede aplicar?
El impuesto sobre sociedades es del 25%. El tipo de gravamen no depende de la provinica en que esté establecida la sociedad.
Las empresas residentes están obligadas a declarar sus ingresos mundiales, igual que las personas físicas
La ventaja para las empresas de nueva creación: el tipo de gravamen reducido del 15%, que se aplica en el primer año cuando la empresa tenga beneficio y en el siguiente.
Ahora vamos a ver a quien no se puede aplicar esta reducción:
- A las sociedades mercantiles que tengan la consideración de entidad patrimonial.
- Si la actividad ha sido desarrollada por personas o entidades vinculadas, y ha sido transmitida, por cualquier título jurídico, a la entidad de nueva creación (administrador, socios..etc)
- Si la actividad ha sido ejercida durante el ejercicio anterior a la constitución de la entidad por una persona física que ostente una participación directa o indirecta en el capital de la Sociedad superior al 50%.
¿Qué hay que saber sobre las opciones de reducción del impuesto sobre sociedades? Leélo en el blog de nuestra experta @ggaleeva_bcn y deja tu pregunta en los comentarios!